NUEVA LEY DEL TRABAJO EN CASA
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NUEVA LEY DEL TRABAJO EN CASA

¿Sabías qué, esta es una medida temporal para preservar el empleo en medio de la pandemia, la cual, se diferencia del teletrabajo?


1. LEY DEL TRABAJO EN CASA


El Gobierno sancionó la Ley 2088 del 2021, la cual regula el trabajo en casa como una forma de prestación del servicio en situaciones ocasionales, excepcionales o especiales, que se presenten en el marco de una relación laboral, legal y reglamentaria con el Estado o con el sector privado.


Esta modalidad se extiende a cualquier tipo de trabajo o labor que no requiera la presencia física del trabajador o funcionario en las instalaciones de la empresa o entidad.


La finalidad, es que los empleadores y los empleados, puedan contar con elementos jurídicos para proteger el trabajo en el marco de situaciones ocasionales como la generada por la pandemia del Covid-19.



2. ¿CÓMO ES LA RELACIÓN LABORAL?


El trabajo en casa implica que se mantenga la facultad subordinante del empleador, junto con la potestad de supervisión de las labores del trabajador.


El contratante determinará los instrumentos, la frecuencia y el modelo de evaluación del desempeño, cumplimiento de metas, así como el mecanismo para el reporte y/o resultados de estas, por el tiempo que dure el trabajo en casa.


El Gobierno determinará los instrumentos para la habilitación del trabajo en casa para los servidores públicos.


Se mantendrán vigentes las normas previstas en el Código Sustantivo del Trabajo y en los reglamentos aplicables a los servidores públicos, relativos al horario y la jornada laboral.



3. ¿CUÁLES SON LOS ELEMENTOS DEL TRABAJO?


El trabajador puede usar sus propios equipos para desempeñar sus funciones, siempre que medie acuerdo con el empleador. Si no se llega al mencionado acuerdo, el empleador suministrará los equipos, sistemas de información, software o materiales necesarios para el desarrollo de la función o labor contratada, de acuerdo con los recursos disponibles para tal efecto.


El jefe definirá los criterios y responsabilidades en cuanto al acceso y cuidado de los equipos, así como respecto a la custodia y reserva de la información, de conformidad con la normativa vigente sobre la materia.


Los trabajadores que reciban el auxilio de transporte, se les reconocerá este pago a título de auxilio de conectividad digital. El auxilio de conectividad y el auxilio de transporte no son acumulables.



4. VIGENCIA


Los trabajadores podrán acudir a la modalidad de trabajo en casa por una vigencia de hasta tres meses, prorrogables por otro periodo igual o hasta que desaparezcan las circunstancias que ocasionaron la excepción.



5. CONDICIONES


La relación laboral continuará bajo los términos pactados al inicio del contrato, con el fin de que la persona cuente con los mismos derechos y garantías, que incluyen:

  • Jornada laboral.

  • Horas extras.

  • Trabajo nocturno.

  • Dominicales y festivos.

  • Descansos dentro de la jornada laboral.

  • Derechos de asociación.

  • Negociación sindical.

  • Prestaciones económicas y asistenciales.



6. GARANTÍAS Y DERECHOS


Se incluye la coordinación y la desconexión laboral como criterios aplicables al trabajo en casa.


La desconexión laboral, es el derecho que tiene todo trabajador y servidor público a disfrutar de su tiempo de descanso, permisos, vacaciones, feriados y licencias.



7. PROHIBICIONES


Los empleadores se deben abstener de formular órdenes u otros requerimientos a los trabajadores por fuera de la jornada laboral, con el objetivo de que estos puedan disfrutar de su tiempo de descanso y conciliar la vida personal, familiar y laboral.


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