INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL
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INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL

Actualizado: 26 abr 2021

¿Sabías qué, cuando firmas un contrato y la contraparte lo incumple, puedes exigir el cumplimiento o la resolución del mismo?


1. ¿CUÁNDO SE INCUMPLE UN CONTRATO?


Dentro de la celebración de un contrato puede suceder que una de las partes lo incumpla. Este se incumple cuando llegada la fecha pactada para su cumplimiento, no se cumple o se realiza de forma incompleta o tardía, en este caso, se deberá procurar por la solución del problema generado por el incumplimiento.



2. ¿CUÁNDO SE CUMPLE UN CONTRATO?


Dentro de la celebración de un contrato, cumplir significa satisfacer y llevar a cabo plenamente las obligaciones adquiridas en el mismo, pero no siempre es necesario cumplir materialmente con la obligación, siendo suficiente demostrar la disposición de cumplir, en tal caso, no se concreta el cumplimiento, pero se demuestra que se tuvo la voluntad, disposición y capacidad de cumplir, pero por razones de peso no se pudo concretar.



3. ¿QUÉ DEBE HACER LA PARTE CUMPLIDA?


La parte cumplida, dentro de la relación contractual tiene dos (02) alternativas, hay que aclarar qué, solo puede elegir una alternativa, nunca las dos al mismo tiempo, es decir, no pueden ser simultaneas. Sin embargo, si la opción elegida fracasa, puede intentar la otra. Estas son:


a. Exigir el cumplimiento del contrato: Esto se exige mediante la acción de cumplimiento, la cual, busca que un juez ordene a la parte incumplida que cumpla con el contrato. Es necesario demostrar haber cumplido con sus obligaciones contractuales, ya que esto se evaluará.


b. Exigir la resolución del contrato: Esta alternativa pretende las restituciones mutuas si hay lugar a ellas, y el pago de las cláusulas de incumplimiento o penal, lo mismo que el pago de las respectivas indemnizaciones que se puedan generar.



4. ¿QUÉ PUEDE HACER LA PARTE INCUMPLIDA?


La parte incumplida, dentro de la relación contractual solo tiene dos (02) alternativas:


a. Cumplir el contrato: Al ser la parte quien incumplió el contrato, no puede demandar su cumplimiento, por lo cual, solo puede dar cumplimiento a sus obligaciones.


b. Solicitar la resolución del contrato: Hay que tener claridad que ella misma ha incumplido el contrato, por lo cual, solo hay lugar a restituciones mutuas. Esto siempre y cuando la parte cumplida no haya exigido el cumplimiento.



5. ¿Y SI AMBAS PARTES INCUMPLEN?


Si las dos partes incumplen, ninguna puede exigir a la otra que se cumpla con el contrato, de modo que lo único que procede es la resolución del contrato por mutuo incumplimiento.


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